Tres becas de formación para comunicación institucional, interna y externa, relacionada con la actividad oficial del Senado, dirigidas a jóvenes titulados que deseen especializarse en este campo.
CaracterÃsticas
La formación será básicamente práctica, mediante la participación en las tareas que encomiende el Departamento de Medios de Comunicación, relacionadas con la actividad oficial del Senado. De dichas becas se reservará una para su concesión entre personas con discapacidad de grado igual o superior al treinta y tres por ciento siempre que reúnan los requisitos establecidos en la base tercera y acrediten, dentro del plazo a que se refiere la base cuarta, el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. En el caso de que dicha beca no quedara cubierta, acrecerá al turno libre.
Las becas se otorgan con una duración de un año (desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2013) y consistirán en doce pagos por meses vencidos de novecientos (900) euros brutos.
Requisitos
Pueden solicitar la concesión de beca los ciudadanos españoles y los de otros paÃses miembros de la Unión Europea poseedores de un tÃtulo de Licenciatura, Grado o equivalente en Periodismo, que reúnan las dos condiciones siguientes:
a) haber nacido con posterioridad al 1 de enero de 1985,
b) no haber disfrutado en años anteriores de la misma beca del Senado, excepto los sustitutos que hubieran accedido a la misma dentro del último cuatrimestre del año 2012.
Solicitud
Plazo:26 de octubre de 2012
Solicitudes:Los solicitantes de las becas deberán presentar una instancia dirigida al Secretario General del Senado en el Registro de la Dirección de Relaciones Institucionales del Senado (Palacio del Senado. c/ Bailén n.º 3, 28071 Madrid), en horario de lunes a viernes, entre las 10 y las 14 horas, o remitirla en la forma prevista en el artÃculo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen JurÃdico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo para la presentación de instancias será de un mes a contar desde el dÃa siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BoletÃn Oficial del Estado.
Los solicitantes que presenten la instancia en los registros de otros órganos administrativos (Administración General del Estado, Administraciones de las Comunidades Autónomas, entidades de la Administración Local y oficinas consulares), asà como en las oficinas de correos, deberán enviar una comunicación de la realización de dicho trámite al Departamento de Medios de Comunicación, vÃa correo electrónicoelectrónico [email protected]o fax (91 538 1700).
En todo caso se acompañará a la instancia:
a) fotocopia del documento nacional de identidad,
b) una fotografÃa reciente tamaño carné,
c) currÃculum vitae expresado según el esquema del formulario que se publica con la presente convocatoria como anexo único, y
d) justificantes disponibles, mediante documentos originales o fotocopias, del tÃtulo o tÃtulos académicos, expediente académico y de todos los méritos alegados.
Los solicitantes que no resulten adjudicatarios ni figuren entre los sustitutos dispondrán de un plazo de un año, a contar desde el dÃa siguiente a la publicación, en el BoletÃn Oficial del Estado, del Acuerdo de la Mesa por el que se aprueba la propuesta de adjudicación de las becas, para solicitar la devolución de la documentación por ellos presentada a la convocatoria. Transcurrido este plazo, el Senado procederá a su eliminación.